RESOLUCION N° 171-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

Documento de Gestión

19 de junio de 2018

PRIMERO.- Declarar la NULIDAD de las siguientes Resoluciones:
i) Resolución Directoral N° 196-2018-OEFA/DFAI del 26 de enero de 2018 que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral N° 1286-2017-OEFA/DFSAI.
ii) Resolución Directoral N° 1286-2017-OEFA/DFSAI del 31 de octubre de 2017, que declaró la responsabilidad administrativa de Compañía Minera Lincuna S.A. por la comisión de la Infracción descrita en el Cuadro N° 1 de la presente Resolcuión.
iii) Resolución Subdirectoral N° 1079-2016-OEFA/DFSAI/SDI del 27 de julio de 2016, que dio inicio al procedimiento administrativo sancionador.
Y en consecuencia, RETROTRAER el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo, a fin que la SDI emita un nuevo pronunciamiento, teniendo en consideración lo expuesto en la presente resolución.

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera(TFA-SMEPIM)

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