RESOLUCION N° 147-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

Documento de Gestión

25 de mayo de 2018

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1622-2017-OEFA/DFSAI del 19 de diciembre de 2017, que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Compañía Minera Lincuna S.A. por la comisión de las conductas infractoras descritas en el Cuadro N° 1 de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos en su parte considerativa; quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1622-2017-OEFA/DFSAI del 19 de diciembre de 2017, en el extremo que ordenó a Compañía Minera Lincuna S.A. cumplir con la medida correctiva detallada en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en su parte considerativa; quedando agotada la vía administrativa.
TERCERO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución Directoral N° 1622-2017-OEFA/DFSAI del 19 de diciembre de 2017, en el extremo que determinó responsabilidad de Compañía Minera Lincuna S.A. por el exceso de LMP, en más de 200%, respecto del parámetro Plomo Total, y, en consecuencia ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador, en este extremo.

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