RESOLUCION N° 138-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

Documento de Gestión

21 de mayo de 2018

PRIMERO.- CONFIRMAR el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 0061-2017-OEFA/DFAI del 29 de diciembre de 2017, que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Doe Run Perú S.R.L. en Liquidación en Marcha por la comisión de las conductas infractoras descritas en el Cuadro N° 4 de la presente resolución, así como el artículo 2° de la citada resolución mediante el cual se dictó la medida correctiva descrita en el Cuadro N° 3 de la presente resolución, por los fundamentos establecidos en su parte considerativa, quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- REVOCAR el artículo 5° de la Resolución Directoral N° 0061-2017-OEFA/DFAI del 29 de diciembre de 2017, que declaró reincidente a Doe Run Perú S.R.L. en Liquidación en Marcha por el incumplimiento del artículo 5° del Reglamento para la Protección Ambiental en la Actividad Minero–Metalúrgica, aprobado por Decreto Supremo N° 016-93-EM, y su inscripción en el Registro de Infractores Ambientales del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera(TFA-SMEPIM)

Documentos

Vista preliminar de documento RESOLUCION N° 138-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

RESOLUCION N° 138-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PDF
23.1 MB