RESOLUCION N° 125-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

Documento de Gestión

16 de mayo de 2018

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1657-2017-OEFA/DFSAI del 20 de diciembre de 2017, en el extremo en el que declaró la responsabilidad administrativa de Pronto Gas S.A. por la comisión de la conducta infractora detallada en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma, quedado agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- REVOCAR la Resolución Directoral N° 1657-2017-OEFA/DFSAI, en el extremo que sancionó a Pronto Gas S.A. con una multa ascendente a ciento setenta y cinco (175) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), y, REFORMARLA, con una sanción ascendente a setenta y ocho con 84/100 (78.84) UIT, al haberse acreditado la comisión de la conducta infractora detallada en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa, quedando agotada la vía administrativa.
TERCERO.- DISPONER que el monto de la multa impuesta a Pronto Gas S.A., ascendente a setenta y ocho con 84/100 (78.84) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), sea depositado en la cuenta recaudadora N° 00 068 199344 del Banco de la Nación, en moneda nacional, debiendo indicar al momento de la cancelación al banco el número de la Resolución N° 125-2018-OEFA/TFA-SEMPIM; sin perjuicio de informar en forma documentada al OEFA del pago realizado.

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