RESOLUCIÓN N° 077-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

Documento de Gestión

19 de febrero de 2019

Se declara la nulidad de la Resolución Subdirectoral N° 1309-2018-OEFA-DFAI/SFEM del 30 de abril de 2018 y la Resolución Directoral N° 3081-2018-OEFA/DFAI del 30 de noviembre de 2018; en el extremo que se imputó y declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de CNPC Perú S.A. por no haber adoptado las medidas de prevención a fin de evitar los impactos negativos en el suelo de la zona adyacente en la Línea de totales MC 5 Carrizo 22 de la Batería CA-22, ubicado en el Lote X, producto de la fuga de fluidos de producción ocurrida el 13 de noviembre de 2015; por haberse emitido en vulneración a los principios de tipicidad y debido procedimiento. En consecuencia, se debe retrotraer el procedimiento administrativo sancionador hasta el momento en que el vicio se produjo.

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera(TFA-SMEPIM)

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