RESOLUCION N° 439-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

Documento de Gestión

23 de octubre de 2019

Se rectifica el error material incurrido en el apartado del Cuadro de Tipificación de Infracciones y Escala de Sanciones relacionados al incumplimiento de los Límites Máximos Permisibles del numeral 11 de la Tabla N° 1 de la Resolución Subdirectoral N° 2959-2018-OEFA/DFAI/SFEM del 31 de diciembre de 2018, así como de la Resolución Directoral N° 00946-2019-OEFA-DFAI del 28 de junio de 2019, precisando que este queda redactado conforme a lo señalado en el artículo primero de la parte resolutiva de la presente resolución.(...).


Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera(TFA-SMEPIM)

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