RESOLUCION N° 213-2019-OEFA/TFA-SMEPIM
Documento de Gestión
30 de abril de 2019
SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral N° 773-2016-OEFA/DFSAI del 31 de mayo de 2016, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral N° 1120-2015-OEFA/DFSAI del 30 de noviembre de 2015.
Asimismo, se confirma la Resolución Directoral N° 1120-2015-OEFA/DFSAI del 30 de noviembre de 2015, que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Grifo Los Ángeles S.R.L. por haber realizado actividades de hidrocarburos em el grifo de su titularidad sin contar con un instrumento de gestión ambiental aprobado por la autoridad competente, lo cual generó el incumplimiento del Artículo 9° del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2006-EM y configuró la infracción prevista en el Numeral 3.4.1 de la Tipificación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos, aprobada por la Resolución de Consejo Directivo N° 028-2003-OS/CD y modificatorias.
Asimismo, se confirma la Resolución Directoral N° 1120-2015-OEFA/DFSAI del 30 de noviembre de 2015, que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Grifo Los Ángeles S.R.L. por haber realizado actividades de hidrocarburos em el grifo de su titularidad sin contar con un instrumento de gestión ambiental aprobado por la autoridad competente, lo cual generó el incumplimiento del Artículo 9° del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2006-EM y configuró la infracción prevista en el Numeral 3.4.1 de la Tipificación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos, aprobada por la Resolución de Consejo Directivo N° 028-2003-OS/CD y modificatorias.
Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera(TFA-SMEPIM)