RESOLUCION N° 183-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

Documento de Gestión

9 de abril de 2019

Se confirma la Resolución Directoral No 2518-2018-OEFA/DFAI del 24 de octubre de 2018, a través de la cual se declararon infundados los recursos de reconsideración interpuestos por Tierra Colorada S.A.C. y Marina de Guerra del Perú contra la Resolución Directoral N° 2066-2018-OEFA/DFAI del 29 de agosto de 2018, toda vez que quedó acreditada su responsabilidad administrativa por la comisión de las siguientes conductas infractoras: (i) Incumplir el compromiso establecido en su Estudio de Impacto Ambiental, toda vez que no implementó una poza de 20 m³ provista de una rejilla de retención de ¼ de pulgada. (ii) Incumplir el compromiso establecido en su Estudio de Impacto Ambiental, toda vez que no implementó un espesador de lodos. Se revoca la Resolución Directoral N° 2066-2018-OEFA/DFAI del 29 de agosto de 2018, a través de la cual se ordenó a Tierra Colorada S.A.C. el cumplimiento de la medida correctiva descrita en el cuadro N° 2 de la presente resolución.


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