RESOLUCIÓN N° 166-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

Documento de Gestión

28 de marzo de 2019

SUMILLA: Se declara la nulidad de la Resolución Subdirectoral N° 461-2018-OEFA/DFAI/SFAP del 15 de mayo de 2018 y de la Resolución Directoral Nº 2709-2018-OEFA/DFAI del 31 de octubre de 2018, a través de la cual se declaró responsabilidad administrativa de Corporación de Alimentos Marítimo S.A.C. por
operar el EIP sin contar con un tanque de neutralización para el tratamiento de los efluentes de limpieza de la planta y equipos incumpliendo lo establecido en su Pacpe; por haber sido emitidas en vulneración a los principios de tipicidad y debido procedimiento administrativo.

Asimismo, se declara la nulidad de la Resolución Directoral No 013-2019-OEFA/DFAI del 14 de enero de 2019, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por Corporación de Alimentos Marítimo S.A.C contra la Resolución Directoral N° 2709-2018-OEFA/DFAI del 31 de octubre de 2018.

En consecuencia, se debe retrotraer el procedimiento sancionador hasta el momento en que el vicio se produjo.

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera(TFA-SMEPIM)

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