RESOLUCION N° 160-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

Documento de Gestión

26 de marzo de 2019


Se confirma la Resolución Directoral N° 3276-2018-OEFA/DFAI del 31 de diciembre de 2018, que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Terminales del Perú por no adoptar las medidas preventivas destinadas a mantener en un adecuado estado al Tanque N° 4, toda vez que, la plancha N° 101 presentó signos de corrosión que ocasionó la fuga de Diésel B5 y, como consecuencia de ello, la afectación a la calidad ambiental del suelo, lo cual generó el incumplimiento del artículo 3° del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 039-2014-EM, en concordancia con los artículos 74° y 75° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente. Ello, configura la infracción contenida en el numeral i) del literal c) del artículo 4° y numeral 2.3 del Cuadro de Tipificación de Infracciones administrativas y Escala de Sanciones aplicable a las actividades de desarrolladas por las empresas del subsector hidrocarburos que se encuentran bajo el ámbito de competencias del OEFA, aprobada por la Resolución de Consejo Directivo N° 035-2015-OEFA/CD


Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera(TFA-SMEPIM)

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