RESOLUCIÓN N° 132-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

Convocatoria de trabajo

13 de marzo de 2019


Se declara la nulidad de la Resolución Subdirectoral N° 1014-2018-OEFA/DFAI/SFEM del 18 de abril de 2018 y la Resolución Directoral N° 3279-2018-OEFA/DFAI/PAS del 31 de diciembre de 2018; en el extremo que se imputó y declaró responsabilidad administrativa de PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERÚ S.A. por la conducta infractora detallada en el Cuadro N° 1 de la presente resolución; por haberse emitido en vulneración a los principios de tipicidad y debido procedimiento administrativo. En consecuencia, se debe retrotraer el procedimiento sancionador hasta el momento en que el vicio se produjo


Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera(TFA-SMEPIM)

Documentos

Vista preliminar de documento RESOLUCIÓN N° 132-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

RESOLUCIÓN N° 132-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

PDF
9.9 MB