RESOLUCIÓN N° 055-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

Documento de Gestión

4 de febrero de 2019


Se declara la nulidad de la Resolución Subdirectoral N° 1083-2018-OEFA/DFAI/SFEM del 23 de abril de 2018 y la Resolución Directoral N° 2052-2018-OEFA/DFAI/PAS del 29 de agosto de 2018; en el extremo que se imputó y declaró responsabilidad administrativa de Savia Perú S.A. por la conducta infractora detallada en el numeral 1 del Cuadro N° 1 de la presente resolución, así como su medida correctiva descrita en el Cuadro N° 2 de la presente resolución; por haberse emitido en vulneración a los principios de tipicidad y debido procedimiento administrativo. En consecuencia, se debe retrotraer el procedimiento sancionador hasta el momento en que el vicio se produjo.


Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera(TFA-SMEPIM)

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