OSCE aprueba procedimiento para la instalación de Árbitro Único o de Tribunal Arbitral Ad Hoc en las contrataciones del Estado
Nota de prensa
14 de febrero de 2014 - 8:33 p. m.
El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE aprobó el procedimiento para la Instalación de Árbitro Único o de Tribunal Arbitral Ad Hoc, actuación necesaria para los procesos arbitrales en materia de contrataciones con el Estado.
A través de la Resolución N° 047-2014-OSCE/PRE, publicada en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, se aprobó la Directiva N° 002-2014-OSCE/CD sobre "Procedimiento para la instalación de Árbitro Único o de Tribunal Arbitral Ad Hoc", que regula el procedimiento para la Instalación de Árbitro Único y Tribunales Arbitrales que tiene como objetivo definir los lineamientos del procedimiento de instalación en procesos arbitrales ad hoc, que se lleven a cabo en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
El referido documento recoge las modificaciones a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobados mediante la Ley 29873 y el Decreto Supremo Nº 138-2012-EF, respectivamente, entre las que destacan las siguientes: i) la incorporación en el Acta de Instalación del orden de prelación establecido en la Ley, cuyo incumplimiento ha sido establecido como causal de anulación del laudo arbitral, ii) la obligación de observar la Tabla de Aranceles del OSCE para la fijación de los honorarios del árbitro único o tribunal arbitral y los honorarios de los secretarios arbitrales y iii) la responsabilidad del árbitro único o tribunal arbitral de registrar correctamente el laudo en el SEACE, así como sus integraciones, exclusiones, interpretaciones y rectificaciones; entre otras modificaciones.
Esta nueva directiva establece con detalle los plazos para cada etapa del procedimiento administrativo de instalación y define con mayor precisión las atribuciones establecidas para la Subdirección de Asuntos Administrativos Arbitrales, configurando un procedimiento mucho más dinámico y eficiente, de la mano con una atención oportuna de las solicitudes de los administrados a nivel nacional, contando para tal fin con el apoyo de las Oficinas Desconcentradas del OSCE en las diversas regiones del país.
Lima, 14 de febrero de 2014
Unidad de Prensa e Imagen Institucional
NP 000011 – 2014