Entidades públicas son responsables de especificaciones técnicas y procesos de selección

Nota de prensa
Entidades públicas son responsables de especificaciones técnicas y procesos de selección

Unidad de Prensa e Imagen Institucional

6 de diciembre de 2013 - 2:49 p. m.

El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE precisó una vez más a través de un comunicado que las entidades públicas son las responsables de la determinación de las especificaciones técnicas y términos de referencia y/o condiciones mínimas del objeto de convocatoria de un proceso de selección.

Detalló que para la descripción de los bienes y servicios que van a contratar estas entidades, no debe hacerse referencia ni descripción que oriente la adquisición o contratación hacia determinada marca, fabricante o tipo de producto, salvo que la necesidad responda a un proceso de estandarización debidamente sustentado y aprobado conforme a la normativa vigente.

Indicó que una vez designado el Comité Especial, responsable de conducir el proceso de selección, de surgir dudas sobre la información técnica materia de la contratación, dicho Comité podrá consultar los alcances del caso y/o coordinar las modificaciones que fueran pertinentes de conformidad con las normas vigentes sobre el particular.

Además, el OSCE señaló que al momento de elaborar las Bases del proceso de selección el Comité Especial no podrá establecer especificaciones técnicas, términos de referencia ni condiciones mínimas que no formen parte del expediente de contratación ni modificar los previstos en éstos, por no ser de su competencia, siendo que cualquier duda o necesidad de corrección que considere en el expediente de contratación recibido, tendrá necesariamente que coordinarse con la instancia responsable.

Aseveró en el comunicado que al Comité Especial le compete entre otras funciones , establecer en las Bases los factores de evaluación, debiendo precisar los criterios, puntajes y la forma de asignación de estos últimos, para lo cual deberá evitar establecer factores desproporcionados y/o incongruentes con el objeto de la convocatoria, cuyo alcance constituya un elemento de direccionamiento de la contratación o cuyo puntaje sea determinante en el resultado de la calificación de propuestas.

El comunicado afirma que el OSCE no ostenta la calidad de perito técnico dirimente de las posiciones técnicas especializadas relacionadas al objeto de la convocatoria. Sin embargo, podrá referir normas conexas o disponer que, en virtud del Principio de Transparencia, el Comité Especial publique informes emitidos por determinadas dependencias de la Entidad que sustenten los criterios, calificaciones u otras posiciones técnicas, bajo responsabilidad.

Finalmente, en lo referido a las responsabilidades y rendición de cuentas, el OSCE manifestó que la información técnica que se publique en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE por parte de las Entidades tiene la condición de declaración jurada y la misma servirá para la rendición de cuenta de los funcionarios y servidores responsables ante el Titular de la Entidad, los órganos de control interno y externo, las instancias policiales y judiciales, de ser el caso, así como ante la ciudadanía en general.

Lima, 06 de diciembre de 2013

Unidad de Prensa e Imagen Institucional

NP 081 – 2013