Presidenta del OSCE expone mejoras del sistema de compras públicas en el marco de la restructuración de este organismo
Nota de prensa
10 de octubre de 2011 - 12:00 a. m.
Con la aprobación de nuevo Reglamento de Organización y Funciones y demás documentos de gestión, el organismo supervisor apunta a una mayor transparencia y eficiencia en la supervisión de contrataciones del Estado.
La Presidenta Ejecutiva del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, Magali Rojas Delgado, expuso ante el Congreso de la República sobre el diagnóstico situacional del sector, así como los ejes de acción que se vienen implementando para llevar a cabo la correcta reorganización de esta institución dentro de los principios de contratación pública establecidos en la Ley actual (transparencia, trato justo, moralidad, entre otros).
La Dra. Rojas expuso sobre los factores relevantes para la mejora del sistema de compras públicas, en donde los principales ejes de acción son: la Institucionalidad del OSCE, el fomento del gobierno electrónico y buenas prácticas, el fortalecimiento de la supervisión, y el desarrollo de capacidades.
Los objetivos trazados son el fortalecimiento institucional del OSCE, transparencia en las contrataciones públicas y el fortalecimiento de la institucionalidad del arbitraje.
Dentro de las acciones para el fortalecimiento institucional se encuentran la aprobación del ROF, CAP, escala remunerativa, entre otros; así como elevar la capacidad técnica y profesional del personal, conformar equipos multidisciplinarios y el concurso público para cubrir las plazas de los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado.
Asimismo, para mejorar la gestión de recursos y dotar de efectividad a las acciones del OSCE, es necesario publicar la lista de sancionados en el SEACE; sancionar a los proveedores que suscriban contratos no obstante estar notificados de suspensión dispuesta por el OSCE; suspender los procesos de contratación en los que se observe transgresión de la normativa; y asegurar la plena validez de las notificaciones electrónicas.
En este sentido, se requiere establecer nuevas funciones al OSCE a fin de implementar actividades y mecanismos de desarrollo de capacidades y competencias en la gestión de contrataciones, realizar estudios para evaluar el funcionamiento de los regímenes de contratación del Estado y proponer mecanismos de mejora de gestión.
Dentro de las modificaciones propuestas, a fin de asegurar la transparencia en la contratación pública, se establece la obligación de registrar en el SEACE las contrataciones entre 1 y 3 UIT, a fin de detectar los fraccionamientos en las contrataciones que tengan como objetivo la evasión de las disposiciones de los acuerdos comerciales y/o la inaplicación de la normativa, se circunscribe la causal por servicios personalísimos a personas naturales, se elimina la contratación directa de obras bajo la causal de desabastecimiento inminente y se precisa el alcance de la contratación directa a situación de emergencia.
Del mismo modo, se propone la eliminación de la garantía de la seriedad de oferta para promover mayor competitividad y participación de postores.
Respecto al fortalecimiento de la institucionalidad del arbitraje, se incluye como infracción atribuible a los árbitros:
‐ Incumplir con su deber de informar oportunamente si existe alguna circunstancia que les impida ejercer el cargo con independencia, imparcialidad y autonomía.
‐ Incumplir con su deber de garantizar el cumplimiento del principio de transparencia.
‐ Resolver sin sustentar debidamente el apartarse del orden de prelación para aplicación de normas previsto en el artículo 52 de la ley o incurrir en infracción del código de ética para el arbitraje de las contrataciones del Estado que apruebe el OSCE.
La sanción más grave propuesta para los árbitros que incurran en cualquiera de las infracciones señaladas en el párrafo anterior, es la inhabilitación permanente para ejercer el arbitraje en materia de contratación pública.
Por otro lado, el laudo arbitral deber ser notificado a través del SEACE como requisito de validez, y se establece que cuando no se haga referencia a una institución arbitral determinada se entenderá que el arbitraje se rige bajo la organización y administración de los órganos del Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE.
De otro lado, resalto el procedimiento de certificación de funcionarios y servidores del organismo encargado de las contrataciones de las entidades públicas, que tiene como objetivo contar con funcionarios debidamente capacitados para el manejo más eficiente de los recursos del Estado.
Finalmente, recalcó que con la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones, y los demás documentos de gestión, el órgano que preside apunta a una mayor transparencia y eficiencia en la regulación y supervisión de las contrataciones del Estado.
NP 017-2011
NP 017-2011
Esta noticia pertenece al compendio Notas de Prensa del OSCE