Resolución N.° 4267-2025-TCP-S1
19 de junio de 2025
Procedimiento administrativo sancionador contra la señora ARELLANO ZAPATA MARIA DE GUADALUPE, por su supuesta responsabilidad al haber contratado con el Estado estando impedida conforme a Ley, de acuerdo con lo dispuesto en el literal h) en concordancia con el literal d) del numeral 11.1 del artículo 11 del TUO de la Ley; y, por haber presentado información inexacta, como parte de su cotización, en el marco de la contratación perfeccionada mediante la Orden de Servicio N0012852 del 05.12.2023, emitida por el Gobierno Regional de Piura; infracciones tipificadas en el literales c) e i) del numeral 50.1 del artículo 50 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Tribunal de Contrataciones Públicas
