Resolución N.° 1383-2026-TCP-S1
9 de febrero de 2026
Procedimiento administrativo sancionador contra la proveedora SERVICIOS GENERALES KRISDA E.I.R.L., por su presunta responsabilidad al haber presentado, como parte de su oferta, documentación falsa y/o con información inexacta ante la EMPRESA DE SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD DEL NOR OESTE DEL PERU S.A. ELECTRO NOR OESTE SA, en el marco de la Adjudicación Simplificada N° AS-SM-2-2023-ELECTRONOROESTE S.A. (ENOSA) –Primera Convocatoria, derivada del Concurso Público N° CP-SM-39-2022-ELECTRONOROESTE S.A. (ENOSA)-1, para el “Servicio de actividades técnico comerciales y atención de pequeñas emergencias de distribución en el ámbito de las localidades de la zona de influencia de la unidad de negocio sucursales (CAS Morropón)”, infracciones tipificadas en el literal j) del numeral 50.1 del artículo 50 del TUO de la Ley (actualmente tipificada en el literal m) del numeral 87.1 del artículo 87 de la Ley N° 32069), y el literal l) del numeral 87.1 del artículo 87 de la Ley N° 32069 (anteriormente tipificada en el literal i) del numeral 50.1 del artículo 50 del TUO de la Ley).
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Tribunal de Contrataciones Públicas
