Resolución N.° 8461-2025-TCP-S6
10 de diciembre de 2025
Procedimientoadministrativo sancionador seguido al proveedor NESTOR WILFREDO HUAPAYA
JIMENEZ, por su supuesta responsabilidad al haber contratado con el Estado estando
impedido conforme a Ley, de acuerdo a lo que estaba previsto en el literal q) del numeral
11.1 del artículo 11 de la Ley, y por haber presentado, como parte de su cotización,
documentación con información inexacta, en el marco de la contratación perfeccionada
mediante la Orden de Servicio N°2544 del 23 de agosto de 2023, emitida por el Gobierno
Regional del Callao – Dirección de Salud I Callao.
JIMENEZ, por su supuesta responsabilidad al haber contratado con el Estado estando
impedido conforme a Ley, de acuerdo a lo que estaba previsto en el literal q) del numeral
11.1 del artículo 11 de la Ley, y por haber presentado, como parte de su cotización,
documentación con información inexacta, en el marco de la contratación perfeccionada
mediante la Orden de Servicio N°2544 del 23 de agosto de 2023, emitida por el Gobierno
Regional del Callao – Dirección de Salud I Callao.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Tribunal de Contrataciones Públicas
