Resolución N.° 7111-2025-TCP-S1
21 de octubre de 2025
VISTO en sesión del 21 de octubre de 2025 de la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones Públicas1, los Expedientes Nos. 2797/2023.TCP; 9686/2023.TCP; 2745/2023.TCP; 1986/2023.TCP, sobre los procedimientos administrativos sancionadores generados contra PAULINO QUISPE QUISPE (con R.U.C. N° 10417233704); JAVIER REYNALDO ENCALADA ONCIHUAY (con R.U.C. N° 10700832002); MARTHA BEATRIZ POMA CRUZ (con R.U.C. N° 10005026763); ALEJANDRO DIAZ ANTONIO (con R.U.C. N° 10462079431), por su supuesta responsabilidad al haber contratado con el Estado estando impedido para ello; y en el expediente No. 9531/2023.TCP, sobre el procedimiento administrativo sancionador generado contra LUIS ZAVALA AULLA (con R.U.C. N° 10423889913), por su supuesta responsabilidad al haber contratado con el Estado estando impedido para ello y por haber suscrito contrato, sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), en el marco de Contrataciones menores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias – UIT.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Tribunal de Contrataciones Públicas
