Resolución N.° 5204-2025 TCP-S4

31 de julio de 2025

Procedimiento administrativo sancionador contra el proveedor JULIO JAIME GARCÍA CUETO (con R.U.C. N° 10182157495), por su supuesta responsabilidad al haber contratado con el Estado estando impedido conforme a Ley, de acuerdo a lo previsto en el literal q) del numeral 11.1 del artículo 11 del TUO de la Ley; así como por haber presentado, en la etapa de ejecución, documentación con información inexacta, todo ello, en el marco de la contratación perfeccionada mediante la Orden de Servicio N° 0000470 del 21 de julio de 2020, emitida por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO, para la “Contratación de un (1) personal, como coordinador dela Sub Gerencia de Estudios y Proyectos”; infracciones tipificadas en los literales c) e i) del numeral 50.1 del artículo 50 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Supremo N° 082-2019-EF.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Tribunal de Contrataciones Públicas

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