Resolución N.° 4308-2025-TCP-S6

20 de junio de 2025

Procedimiento administrativo sancionador generado contra el proveedor CONSORCIO CETRAMAQ S.A.C., por su supuesta responsabilidad al haber contratado con el Estado estando impedido para ello, y al haber presentado información inexacta ante la Entidad, en el marco de la Orden de Servicio – Orden de Trabajo N° 00211 del 23 de junio de 2020, emitida por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE CHAULÁN, para la contratación del “Servicio de transporte con un camión de capacidad de 20 tn de carga útil a todo costo, para el traslado de ayuda humanitaria a la ciudad de Lima, en el marco del estado de emergencia nacional a consecuencia del COVID-19 y en el marco del Decreto de Urgencia N° 033-2020, a favor de la población en situación de vulnerabilidad del distrito de San Pedro de Chaulán residentes en la ciudad de Lima”; infracciones que estuvieron tipificadas en los literales c) e i) del numeral 50.1 del artículo 50 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Tribunal de Contrataciones Públicas

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