Resolución N.° 2144-2025-TCE-S4
25 de marzo de 2025
Procedimiento administrativo sancionador contra a la proveedora ADELA BEATRIZ SALAS SERRANO (con R.U.C. N° 10436507076), por su supuesta responsabilidad al haber contratado con el Estado estando impedido conforme a Ley, en el supuesto previsto en el literal h) en concordancia con el literal d) del numeral 11.1 del artículo 11 del TUO de la Ley; por su presunta responsabilidad de haber presentado, como parte de su cotización, información inexacta, siempre que esté relacionada con el cumplimiento de un requerimiento, factor de evaluación o requisitos que le represente una ventaja o beneficio en el procedimiento de selección o en la ejecución contractual; y por su presunta responsabilidad de suscribir contratos o Acuerdos Marco sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) o suscribir contratos por montos mayores a su capacidad libre de contratación, en especialidades o categorías distintas a las autorizadas por el Registro Nacional de Proveedores (RNP), en el marco de la Orden de Servicio N° N° 5394-2019 del 12 de septiembre de 2019, emitida por el GOBIERNO REGIONAL DE TACNA SEDE CENTRAL, por el concepto de “Servicio de apoyo administrativo”; infracción tipificada en el literal c) del numeral 50.1 del artículo 50 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-019-EF
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Tribunal de Contrataciones del Estado