Resolución de Presidencia N.° 189-2014-OSCE/PRE

12 de junio de 2014

  • Imponer al señor Alberto Santiago Aponte Lector, la sanción de multa equivalente al 10% de una UIT, al haber incurrido en infracción a los incisos 3), 5) y 7) del artículo 6° e inciso 6 del artículo 7° del Código de la Ética de la Función Pública aprobado por la Ley N° 27815 y al Código de Ética del OSCE, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
  • Imponer al señor Antonio Mendoza Becerro, la sanción de multa equivalente al 8% de una UIT, al haber incurrido en infracción a los incisos 3), 5) y 7) del artículo 6° e inciso 6 del artículo 7° del Código de la Ética de la Función Pública aprobado por la Ley N° 27815 y al Código de Ética del OSCE, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
  • Encargar a la Oficina de Administración del OSCE, la inscripción de la presente Resolución en el Registro Nacional de Sanciones, Destitución y Despido, una vez que quede consentida.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia Ejecutiva

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