Opinión N° 002-2010/DTN
Opinión
29 de enero de 2010
PAUL CANDIOTTY CALDERÓN - Monto máximo de prestaciones adicionales de obra y de consultoría de obra que una Entidad puede ordenar directamente, cuando el contrato fue celebrado bajo la vigencia de la Nº 26850
Esta publicación pertenece al compendio Opiniones de la Dirección Técnico Normativa - OSCE