Opinión N° 010-2017/DTN
Opinión
23 de enero de 2017
HIDROINGENIERIA S.R.L. - El alcance del artículo 162 del Reglamento respecto a los profesionales designados como residente o supervisor de obra.
Esta publicación pertenece al compendio Opiniones de la Dirección Técnico Normativa - OSCE