Opinión N° 060-2021/DTN
Opinión
2 de junio de 2021
La señora Diana Jáuregui Scarsi, Directora de Administración del Programa Agua Segura para Lima y Callao, formula consultas sobre los adelantos que se otorgan de manera excepcional al amparo de lo dispuesto por el literal e) de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1486 y conforme al procedimiento prevista en la Directiva N° 005-2020-OSCE/CD.
Esta publicación pertenece al compendio Opiniones de la Dirección Técnico Normativa - OSCE