Resolución Directoral N.° 161-2019-DE-UE005-PENL-VMPCIC/MC
12 de agosto de 2019
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud del silencio administrativo positivo interpuesto por el CONSORCIO ARQUEOLÓGICO SALTUR mediante Carta N° 16-2019/CAS de fecha 24 de julio 2019, respecto de las OBSERVACIONES DE LA LIQUIDACIÓN TÉCNICA FINANCIERA de la ejecución de Obra: "Puesta en Valor del Complejo Arqueológico Saltur de la Localidad de Zaña', con el Código de Inversión N° 2158492 - ítem 01; "Componentes Mecánicos de Protección y Seguridad: Instalación de Coberturas Permanentes y Cerco de Protección", formuladas por esta Unidad Ejecutora 005 Naylamp -Lambayeque, con Carta N° 100-2019-UIP-DE-UE005-PENL-VMPCIC/MC, de acuerdo a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.