Decreto de Alcaldía N.° 003-2025-MDZ/A
Ley orgánica de Municipalidades
25 de abril de 2025
ARTICULO PRIMERO.- Disponer el embanderamiento general:
DISPONER, el embanderamiento y demás inmuebles del Distrito de Zepita, con motivo de celebrarse el 171º Aniversario de creación política del Distrito de Zepita.
ARTICULO SEGUNDO.- Ámbito de aplicación
La presente disposición es de cumplimiento obligatorio para todos los propietarios y/o habitantes de viviendas, así como para los responsables de instituciones publicas, privadas y establecimientos comerciales ubicados en el Distrito de Zepita.
ARTICULO TERCERO.- Vigencia
El embanderamiento deberá realizarse durante la semana central de aniversario, comprendida entre el 27 de abril al 04 de mayo de 2025.
DISPONER, el embanderamiento y demás inmuebles del Distrito de Zepita, con motivo de celebrarse el 171º Aniversario de creación política del Distrito de Zepita.
ARTICULO SEGUNDO.- Ámbito de aplicación
La presente disposición es de cumplimiento obligatorio para todos los propietarios y/o habitantes de viviendas, así como para los responsables de instituciones publicas, privadas y establecimientos comerciales ubicados en el Distrito de Zepita.
ARTICULO TERCERO.- Vigencia
El embanderamiento deberá realizarse durante la semana central de aniversario, comprendida entre el 27 de abril al 04 de mayo de 2025.