Ordenanza Municipal N.° 013-2020-MDY

3 de diciembre de 2021

Aprueba la ordenanza la exigencia a la obligación de los administrados que regente comercios dentro del distrito de Yura, para la publicación del aforo permitido dentro de los establecimientos comerciales y restricción del mismo a un 50% de su capacidad autorizada, así como la demarcación en el piso del metro de distancia que debe guardar el mostrador donde atienda el vencedor con el comprador, además de establecer el horario de atención de los centros de abastos de alimentos de primera necesidad existentes en el distrito de Yura. Y por consiguiente las medidas de seguridad y salubridad que establecen protocolos que eviten la aglomeración de personas que asistan a establecimientos comerciales del Distrito de Yura, y en consecuencia prevenir la propagación y contagio del Coronavirus COVID-19, así como la aplicación de medidas restitutorias inmediatas de cierre temporal en caso de incumplimiento a dichas medidas.
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OM-013-MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YURA-2020.pdf

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