Ordenanza Municipal N.° 004-2010-MPV
26 de enero de 2010
ARTÍCULO PRIMERO: Fijase en uno y cinco décimas por ciento (1.5%) mensual, la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional, correspondiente a tributos que administra o cuya recaudación estuviera a cargo de la Municipalidad Provincial de Virú.