Acuerdo de Concejo N.° 008-2023-MPV-ORD-CM
18 de enero de 2023
MODIFICAR los artículos 9º y 35º del Reglamento Interno de Concejo aprobado y modificado respectivamente mediante Ordenanza Municipal N.º 029-2020-MPV, de fecha 31 de diciembre de 2020 y Ordenanza Municipal N.º 021-2022-MPV, de fecha 31 de agosto de 2022, el Artículo 9º está referido a la Conformación del Concejo Municipal, el cual estará conformado por el alcalde y los nueve (09) regidores conforme a la ley electoral vigente. El número legal de los miembros del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Virú, para todos sus efectos es de diez (10) miembros, y el Artículo 35º está referido al plazo de convocatoria para las sesiones las ejerce el alcalde quien ordena a la oficina de Secretaría General, realizar la citación a la Sesión de Concejo Ordinaria y comunicar la agenda a tratar, a los (5) días anteriores de la fecha programada. En caso de las Sesiones Extraordinarias la convocatoria deberá realizarse en el plazo de (24) horas, antes de la fecha programada a la realización de la Sesión.
Esta norma pertenece al compendio Acuerdos de Concejo