Ordenanza Municipal N.° 021-2023/MDVR

27 de diciembre de 2023

Artículo 1º. - OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACIONES JURADAS Y EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL, Están obligados a presentar la Declaración Jurada y a realizar el pago de Impuesto Predial: los propietarios y/ o poseedores de predio urbanos y rústicos ubicados dentro de la jurisdicción del Distrito de Villa Rica.
Asimismo, están obligados a la presentación de la Declaración Jurada los contribuyentes inafectos y Exonerados.
Articulo 2°.- ESTABLECER EL MONTO MINIMO DEL IMPUESTO PREDIAL, el monto mínimo para el pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2024 será el equivalente al 0.6% de la UIT vigente al O 1 de enero del año que corresponda el impuesto; para todos los contribuyentes que tengan predios dentro de la jurisdicción del Distrito de Villa Rica.



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