Decreto de Alcaldía N.° 017-2022-DA-MVES

22 de noviembre de 2022

PRORROGAR en el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº470-2022/MVES, los siguientes giros comerciales:
El giro de Heladerías se encuentra dentro del grupo "Establecimientos de Comida Rápida o Comida al Paso, Fuente de Soda, y Afines"
El giro de Pet Shop (Venta De Accesorios Para Mascotas) y Ventas de Otros Productos No Alimenticios (Montura de Lentes) se encuentra dentro del grupo "Galerías Comerciales, Centro Comerciales, Zapaterías, Bazares, Cabinas de Internet, Supermercados, Minimarket"
El giro de Venta de Materiales De Construcción y Vidrierías se encuentra dentro del grupo "Ferreterías"
El giro de Salón de Belleza, Lavandería y Sastrería se encuentra dentro del Grupo "Prestación de Servicios Profesionales en general (Consultorio Médico Odontológico) u otros"
El giro de Clínicas Veterinarias se encuentra dentro del Grupo "Establecimientos de Hospedaje (con Licencia de Funcionamiento), Establecimientos de Salud (con Servicio de Emergencia), Farmacias, Boticas (con Autorización sectorial correspondiente), Casinos y Tragamonedas, Estaciones de Servicio, Cajeros Automáticos (solo cesionarios en el local que no aplique este Horario), Agencias de información y noticias, Playas de Estacionamiento"

Esta norma pertenece al compendio Decretos de Alcaldía - 2022-DA/MVES

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