Resolución de Gerencia Municipal N.° 198-2025-GM-MDV/LC
27 de noviembre de 2025
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, la Prestación Adicional de Obra N° 01 y Deductivo Vinculante N° 01 de la ejecución de la Obra: “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado en el Sector de Selva Alegre, Cuenca de San Miguel, Distrito de Vilcabamba - La Convención Cusco” con CUI N° 2272468; solicitada por el contratista CRIMA INGENIEROS CONTRATISTA Y CONSULTORES S.A.C., con pronunciamiento favorable del supervisor Ing. Raúl Ademir Álvarez Flores, cuyo monto de la prestación adicional N° 01 asciende al monto de S/ 65,854.64 (Sesenta y Cinco Mil Ochocientos Cincuenta y Cuatro Con 64/100 Soles) y un deductivo vinculante N° 01 asciende al monto de S/ 5,405.79, por consiguiente, la modificación presupuestal asciende a la suma de S/ 60,448.85 (Sesenta Mil y Cinco Mil Ochocientos Cincuenta y Cuatro Con 64/100 Soles) modificando el monto contractual de S/ 2,670,007.32 a S/ 2,730,456.17 Soles, ello en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución y de conformidad al numeral 3.4 del artículo 34° de la Ley de Contrataciones del Estado.
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, la Prestación Adicional de Obra N° 01 y Deductivo Vinculante N° 01 de la ejecución de la Obra: “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado en el Sector de Selva Alegre, Cuenca de San Miguel, Distrito de Vilcabamba - La Convención Cusco” con CUI N° 2272468; solicitada por el contratista CRIMA INGENIEROS CONTRATISTA Y CONSULTORES S.A.C., con pronunciamiento favorable del supervisor Ing. Raúl Ademir Álvarez Flores, cuyo monto de la prestación adicional N° 01 asciende al monto de S/ 65,854.64 (Sesenta y Cinco Mil Ochocientos Cincuenta y Cuatro Con 64/100 Soles) y un deductivo vinculante N° 01 asciende al monto de S/ 5,405.79, por consiguiente, la modificación presupuestal asciende a la suma de S/ 60,448.85 (Sesenta Mil y Cinco Mil Ochocientos Cincuenta y Cuatro Con 64/100 Soles) modificando el monto contractual de S/ 2,670,007.32 a S/ 2,730,456.17 Soles, ello en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución y de conformidad al numeral 3.4 del artículo 34° de la Ley de Contrataciones del Estado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Gerencia Municipal - 2025
