Resolución Administrativa N.° 348-2025-OGAF-MDV/LC
24 de octubre de 2025
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. - RESOLVER DE FORMA PARCIAL la ORDEN DE SERVICIO N° 0388-2025, suscrito con el contratista CRECER SEGUROS S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS con RUC N° 20600098633. para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURADORA VIDA LEY, para la actividad “MANTENIMIENTO DE PUENTES, CAMINOS Y CARRETERAS”, por el monto de S/. 65.30 soles, de conformidad al literal b) Cuando el contratista acumule el monto máximo de la penalidad por mora o el monto máximo para otras penalidades, en la efecución de la prestación a su carpo del numeral 12.1.6 de la DIRECTIVA N° 003-2023-GM-MDV/LC sobre Normas y Procedimientos para la Contratación de Bienes y Servicios iguales o inferiores a Ocho (08) Unidades Impositivas Tributarias - UIT, en la Municipalidad Distrital de Vilcabamba y supletoriamente en el Código Civil, la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
ARTÍCULO PRIMERO. - RESOLVER DE FORMA PARCIAL la ORDEN DE SERVICIO N° 0388-2025, suscrito con el contratista CRECER SEGUROS S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS con RUC N° 20600098633. para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURADORA VIDA LEY, para la actividad “MANTENIMIENTO DE PUENTES, CAMINOS Y CARRETERAS”, por el monto de S/. 65.30 soles, de conformidad al literal b) Cuando el contratista acumule el monto máximo de la penalidad por mora o el monto máximo para otras penalidades, en la efecución de la prestación a su carpo del numeral 12.1.6 de la DIRECTIVA N° 003-2023-GM-MDV/LC sobre Normas y Procedimientos para la Contratación de Bienes y Servicios iguales o inferiores a Ocho (08) Unidades Impositivas Tributarias - UIT, en la Municipalidad Distrital de Vilcabamba y supletoriamente en el Código Civil, la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - 2025
