Resolución de Alcaldía N.° 187-2020/MDV-ALC

1 de abril de 2020

ARTÍCULO 1.- CONSTITUIR el grupo de trabajo para organizar e implementar la entrega a la población de productos de primera necesidad de la Canasta Básica Familiar en el marco de la emergencia nacional por el COVID-19, los cuales son: (Anexo adjunto)

ARTÍCULO 2.- PRECISAR que el grupo de trabajo constituido en el artículo precedente deberá elaborar un cronograma de distribución y entrega a domicilio de las canastas básicas, teniendo como plazo máximo la semana siguiente a la recepción de los bienes por parte de la Municipalidad Distrital de Ventanilla.

ARTÍCULO 3.- PRECISAR que el grupo de trabajo se encuentra habilitado a circular por las vías de uso público según lo establecido en el párrafo 4.1 del artículo 4 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM.

ARTÍCULO 4.- APROBAR el registro de entrega de la Canasta Básica Familiar en el marco de la emergencia nacional por el COVID-19, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5.- PRECISAR que la Gerencia Municipal es responsable de poner a disposición todos los recursos y bienes (personal, vehículos, implementos, etc.) que resulten necesarios para organizar e implementar la entrega a la población de canastas básicas familiares. De igual modo deberá velar porque las járeas y el personal dispuesto cumplan con las responsabilidades que le han sido asignadas para estos fines.

TÍCULO 6.- PRECISAR que la preparación de la entrega se realizará, preferentemente, con el personal de Municipalidad Distrital de Ventanilla y el apoyo, según corresponda, de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.

ARTÍCULO 7.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal disponga la remisión del reporte final del registro de entrega de canastas básicas familiares, el mismo que deberá ser publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad o en su defecto, en lugar visible que permita su publicidad, en un plazo máximo de 15 días calendario de culminada la Emergencia Sanitaria.

ARTÍCULO 8.- ENCARGAR a todas las unidades orgánicas el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía, así como también a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación de la presente en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla y en la página del portal oficial del Estado Peruano.

ARTÍCULO 9.- ENCARGAR a la Secretaría General la notificación de la presente Resolución de Alcaldía a los miembros integrantes del grupo de trabajo para los fines correspondientes

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