Resolución de Alcaldía N.° 497-2020/MDV-ALC

30 de diciembre de 2020

ARTÍCULO 1.DELEGAR en el Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Ventanilla las siguientes facultades:

-Declarar la Separación Convencional, al amparo de la Ley N 29227 - Procedimiento No Contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notadas.

-Declarar la Disolución de Vínculo Matrimonial, al amparo de la Ley N 29227 - Procedimiento No Contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarías.

-Resolver actuaciones de la etapa resolutoria del Procedimiento No contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior.

-Declarar la conclusión del procedimiento por inasistencia a la audiencia única. ~~> -Resolver las solicitudes que se encuentren en estado de abandono contemplada en el artículo 200 del TUO de la Ley N° 27444.

-Resolver las solicitudes de desistimiento presentadas en las etapas de Separación Convencional, así como en la etapa de Divorcio Ulterior.

ARTÍCULO 2.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y a las demás unidades Orgánicas competentes, el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía, así como también a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación de la presente en la página web la Municipalidad Distrital de Ventanilla y en la página del portal oficial del Estado Peruano.

ARTÍCULO 3.- ENCARGAR a la Secretaría General la notificación de la presente Resolución a la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación y a las demás unidades orgánicas competentes para los fines correspondientes.

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