Resolución de Alcaldía N.° 290-2024-MPU/A

APROBAR el acta de convenio colectivo año 2024-2025-suscrito entre la representación empleadora de la MPU y las representaciones sindicales de la MPU integrada por el SITRAMUN-U y el SIUTRAMUN-U

20 de agosto de 2024

ARTICULO PRIMERO. APROBAR el acta de convenio colectivo año 2024-2025-suscrito entre la representación empleadora de la MPU y las representaciones sindicales de la MPU integrada por el SITRAMUN-U y el SIUTRAMUN-U, reconocida mediante Resolución de Alcaldía N° 72-2024-MPU/A; bajo los términos que se detallan a continuación:

  • PRIMER ACUERDO: Las partes acuerdan entregar una canasta familiar temporal por un año,

por el valor de S/360.00 (Trescientos sesenta soles), con periodicidad trimestral, Haciendo un total de 4 canastas al año, los mismos que regirán para los trabajadores de los tres Regímenes laborales: D.L.276, D.L.728 y D.L.1057, acordando además que el requerimiento lo generara el área de la Sub de Gestión de Recursos Humanos, en coordinación con ambos SINDICATOS. (SITRAMUN-SIUTRAMUN)

Esta Clausula se pacta en aplicación al Artº 18 del D.U. N° 006-2024, dejando constancia que a la fecha de la adopción de este acuerdo, se encuentra en trámite el DICTAMEN, de la comisión de trabajo del congreso de la Republica, recaído en el Proyecto de Ley N° 7454/2023-CR, que al ser aprobado por el pleno, dejara SIN EFECTO, el Articulo 18 del D.U. N° 006-2024, por tanto el carácter temporal de este acuerdo se convertirá automáticamente en CLAUSULA PERMANENTE, conforme al Art° 17 numeral 5 de la Ley 31188 vulnerado por este decreto de Urgencia.

  • CUARTO ACUERDO: Las partes, acuerdan el otorgamiento por BONIFICACIÓN VACACIONAL de medio sueldo a los trabajadores que NO perciben de este beneficio, los mismos que serán para los afiliados de ambos SINDICATOS (SITRAMUN-U y SIUTRAMUN.U) de los tres regímenes laborales 276, 728 y 1057. Rige a partir desde enero del año 2025, según relación que se adjunta.

Esta cláusula se pacta en aplicación del art. 18 del D.U Nº 006-2024. dejando constancia que a la fecha de la adopción de este acuerdo, se encuentra en trámite el dictamen, de la comisión de trabajo del congreso de la república, recaído en el proyecto de Ley N° 7454/2023-CR, que al ser aprobado por el pleno, dejara sin efecto el artículo 18 del D.U N° 006-2024- por tanto el carácter temporal de este acuerdo se convertirá automáticamente en clausula permanente. conforme al art Nº 17 numeral 5 de la Ley 31188 vulnerado por este decreto de urgencia.
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RESOLUCION DE ALCALDÍA N°290-2024-MPU-A

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