Ordenanza Municipal N.° 002-2022-MPU/A

CONVOCAR a elecciones Municipales para elegir Alcalde y Regidores de los Centros Poblados de Yanahuara, Maras y Huayllabamba del Distrito y Provincia de Urubamba.

11 de marzo de 2022

ARTICULO PRIMERO.-  CONVOCAR a elecciones  Municipales  para elegir Alcalde y  Regidores de los  Centros  Poblados  de Yanahuara,  del  Distrito   de  Urubamba,  Centro  Poblado   de  Ccollana- Chequerec-Cruzpata del Distrito  de Maras y Centro  Poblado  de Huayoccari del Distrito de Huayllabamba  todos de la Provincia de Urubamba,  Departamento y Región Cusco, para el día domingo 6 de noviembre de 2022, para el periodo  2023-2026, conforme a las consideraciones expuestas.
ARTICULO SEGUNDO: DISPONER, que estas elecciones se regirán bajo la condición y requisitos que establece la Constitución Política del Perú, la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones Generales, la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, modifica por las Leyes N° 31079, N° 28440 Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados y su modificatoria en cuanto resulten aplicables, por lo que deberán participar los pobladores de su jurisdicción conforme a las Ordenanza Municipales N° 023-2007-MPU/A, Ordenanza Municipal N° 041-2008-A-MPU y Ordenanza Municipal N° 040-2017-MPU/A, respetando el Procedimiento Electoral y el Sistema de Elecciones es decir, las etapas pertinente en cada caso, bajo responsabilidad.
ARTICULO TERCERO: DISPONER la implementación de la presente Ordenanza Municipal mediante decreto de alcaldía y/o acto resolutivo correspondiente a cuyo efecto se faculta al Titular del pliego, para la designación de la Comisión Especial de Asesoramiento por Funcionarios de la Municipalidad Provincial, la Conformación del Comité Electoral, aprobación del cronograma del proceso electoral y Reglamento de Elecciones de Autoridades Municipales, para elegir al Alcalde y Regidores de la Municipalidad de los Centros Poblados de Yanahuara del Distrito de Urubamba, de Ccollana-Chequerec-Cruzpata del Distrito de Maras y Huayoccari del Distrito de Huayllabamba de la provincia de Urubamba, Departamento y Regino del Cusco.
ARTICULO CUARTO: DISPONER que el presente proceso electoral materia de esta ordenanza sea organizada y dirigida por el Comité Electoral que para el efecto se constituirá de conformidad al articulo 3° de la Ley N° 28440, modificada por la Ley N° 31079, con el asesoramiento de la Comisión Especial de Funcionarios designados por la Municipalidad Provincial de Urubamba.
ARTICULO QUINTO: DISPONER que la presente Ordenanza Municipal se Comunique al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Ificina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), y la Oficina de Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC) para su concentimiento y fines y tener mejor desarrollo del proceso eleccionario debiendo suscribirse el respectivo convenio, quedando para ello autorizado el titular del Pliego.
ARTICULO SEXTO: DISPONER a la Gerencia de Administracion habilite de presupuesto necesario, para el desarrollo del proceso eleccionario de Alcaldes y Regidores para las Municipalidades de los centros Poblados de Yanahuara en Urubamba, Ccollana-Chequerec-Cruzpata del Distrito de Maras y Huayoccari del Distrito de Huayllabamba, todos de la provincia de Urubamba.
ARTICULO SETIMO: ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Linea e Instancias Estructurales involucradas de la Municipalidad tomen las acciones correspondientes para el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal.

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