Resolución de Alcaldía N.° 326-2025-MDTAI-ALC

6 de octubre de 2025

ARTICULO PRIMERO.- INICIAR EL PROCEDIMIENTO DE NULIDAD DE OFICIO de la Resolución de Alcaldía N° 430-2023-ALC/MDTAI, de fecha 27 de setiembre del 2023, la Municipalidad Distrital de Túpac Amaru Inca, aprobó el Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, calificado en Zona de Tratamiento Especial (ZTE) del terreno de 7,431.00m2 (0.7431 has)., Inscrito en la Partida Registral N° 11048176 del Registro de Propiedad de Inmueble, ubicado en el sector de Casalla Lote A del Distrito de Túpac Amaru Inca, Provincia de Pisco, Departamento de Ica, de conformidad con el Plano de ubicación t localización, el plano perimétrico, plano de lotización respectivamente, solicitado por Walter Orlando Tello Suarez identificado con DNI N° 22302453 en representación de German Tello Huamani identificado con DNI N° 22248332 y Mercedes Gloria Suarez Estrada con DNI N° 22245397 y de la Resolución de Alcaldía N° 169-2024-ALC-MDTAI, de fecha 03 de julio del 2024, Que aprobó la rectificación de la Resolución de Alcaldía N° 430-2023-ALC/MDTAI, que aprobó la regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada, así como los planos, memoria descriptiva y FUHU del Proyecto de Habilitación Urbana referida, de uso residencial Media (RDM) tipo R-4 en un área de 7,431.01 m2 (0.7431 has) calificado en zona de Tratamiento Especial (ZTE) predio ubicado en el sector de Casalla, denominado Lote A, inscrita en la partida N° 11048176 de la Oficina de Registros de Pisco, habiéndose aprobado la recepción de Obras de Habilitación Urbana de Tipo Progresivo, y se consideró el área de terreno materia de recepción de obra de 7,431.01 m2 (0.7431 has).

ARTICULO SEGUNDO.- NOTIFICAR EL PROCEDIMIENTO DE NULIDAD DE OFICIO de la Resolución de Alcaldía N° 430-2023-ALC/MDTAI, de fecha 27 de setiembre del 2023 y Resolución de Alcaldía N° 169-2024-ALC-MDTAI, de fecha 03 de julio del 2024,, otorgando al Señor WALTER ORLANDO TELLO SUAREZ, identificado con DNI N° 2302453, en representación de Don German Tello Huamani y doña Mercedes Gloria Suarez Estrada, el plazo de 05 días para ejercer su derecho a la defensa, transcurrido dicho plazo con el descargo o sin él, se emitirá el pronunciamiento definitivo.
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