Vehículos con mercancías solo pueden circular de 10 p.m. a 4 a.m.

Nota Informativa
Fue regulado con Decreto de Alcaldía de la MPT

13 de abril de 2020 - 12:00 a. m.


Quedó regulado en la ciudad de Trujillo el horario de circulación de vehículos de transportes de mercancías, como parte de las medidas para mitigar el riesgo de propagación e infección del COVID-19, en el marco de la Emergencia Nacional Sanitaria promulgada por el Gobierno Nacional.

 

Eso quedó establecido en el Decreto de Alcaldía N° 018-2020-MPT, suscrito por Daniel Marcelo Jacinto. Allí se establece que el horario de circulación será de 10:00 p.m. a 4:00 a.m., por el término de 14 días calendario, hasta el 26 de abril del presente año.

 

A fin de dar cumplimiento al mandato edil, esto fue puesto de conocimiento de la Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial de la comuna provincial y de la Policía Nacional del Perú, para que procedan según sus competencias.

 

La medida busca controlar el caos y desorden que se estaba registrando ante la circulación indiscriminada de algunos vehículos de carga pesada con productos de primera necesidad y otros autorizados a su venta y distribución.

 

Debe precisarse que, pese a la inmovilización social obligatoria decretada en todo el país, la que fue prorrogada, se debe tener en consideración que está permitida la circulación de vehículos de transporte de alimentos y productos de primera necesidad y farmacéuticos; así como aquellos vinculados a los sectores productivos e industriales estrictamente indispensables.