LIBABAN LICOR EN LA VÍA PÚBLICA EN PLENO TOQUE DE QUEDA
Nota Informativa13 de setiembre de 2020 - 12:00 a. m.
LIBABAN LICOR EN LA VÍA PÚBLICA EN PLENO TOQUE DE QUEDA
En operativo conjunto, Seguridad Ciudadana, Policía Nacionaly Ejército Peruano intervienen a un grupo de hombres y mujeres.
TRUJILLO. Pese a las disposiciones dictadas por el Gobiernoque prohíbe todo tipo de reuniones sociales, para evitar la propagación de laCovid 19, un grupo de personas hacían caso omiso a lo establecido por laautoridad, y bebían alcohol en la vía pública, en pleno toque de queda, siendoinmediatamente intervenidas mediante un operativo conjunto entre SeguridadCiudadana de la MPT, Policía Nacional y el Ejército Peruano.
El hecho ocurrió el último domingo a las 10:30 A.M. en laurbanización Villa Contadores. Una llamada telefónica registrada en la Centralde Emergencias y Monitoreo, advirtió al cuerpo de Seguridad Ciudadana, sobreeste ilícito acto público.
Rápidamente, gracias al patrullaje integrado con personaldel Ejército Peruano y Policía Nacional, los agentes se constituyeron hasta laMz. M, lote 33 del Condominio Villa María, procediendo a la detención de 6personas que se hallaban en los exteriores de un domicilio bebiendo unascervezas y escuchando música a alto volumen.
“Estos actos son reiterativos, pero no vamos a ceder.Debemos ser respetuosos de la ley que prohíbe este todo tipo de reunionessociales, bajo sanciones penales; sin embargo, hay quienes no quieren acatarla,pues bien, serán detenidos y puestos a disposición de las autoridadescorrespondientes.
Nuestro deber es salvaguardar la tranquilidad, vida y saludde la población”, señaló el gerente municipal de Seguridad Ciudadana, MarioSánchez Vera.
Los detenidos, entre los que figuran 3 hombres y 3 mujeres,fueron trasladados a la comisaría de Ayacucho, para las diligencias de ley. Losintervenidos podrían afrontar un proceso legal por infringir el art. 292° delCódigo Penal, el cual señala: “El que viola medidas impuestas ´por la ley o porla autoridad para la inducción al país o la propagación de una enfermedad oepidemia o plaga, será reprimido con pena privativa de libertad no menor deseis meses ni mayor de tres años y con noventa a ciento ochenta días – multa”.