MPT vuelve a vencer al club libertad en los fueros judiciales
Nota de prensaEntidad privada buscó truncar inicio de proceso de expropiación del terreno que viene ocupando.

8 de setiembre de 2025 - 2:39 p. m.
Una nueva victoria judicial suma la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) ante el Club Libertad, luego de que el Poder Judicial declarara infundado el pedido de dicho ente privado, que buscaba la nulidad del Acuerdo de Concejo N° 152-2024-MPT del 10 de diciembre del 2024.
Precisamente, dicho acuerdo de regidores, declaró de necesidad y utilidad pública el proyecto “Plaza Cultural de la Marinera en la ciudad de Trujillo, respecto al bien ubicado en la Av. España cuadra tres, Jr. San Martín, Jr. Bolognesi – Trujillo”, situación por la cual, la MPT inició trámite ante el Congreso de la República para que apruebe la Ley de Expropiación del referido terreno, que coincidentemente, viene ocupando el Club Libertad.
“Recibimos con beneplácito esta decisión, porque jueces probos nos dan la razón. Ya contamos con una sentencia que rechaza el intento del Club Libertad de apropiarse del predio que viene ocupando y hasta ahora no devuelve. Así que no nos detendremos hasta lograr que el proyecto que revaloriza la marinera se ejecute en el local que legalmente pertenece a todos los trujillanos”, expresó el alcalde provincial Mario Reyna Rodríguez.
En esa línea, señaló que el citado club privado también los denunció penalmente, pero fue desestimado por la Fiscalía; en tanto que ya han tratado el tema de la expropiación ante el Congreso para que sea tratado lo antes posible, por lo que han oficiado documento para que, en próxima sesión descentralizada en Trujillo, el parlamento apruebe el pedido.
Los fundamentos
Entre las consideraciones esgrimidas por el Noveno Juzgado Especializado en lo Civil, para rechazar la pretensión del Club Libertad, se encuentran que dicho ente privado no es propietario del inmueble que se pretende expropiar; debido a que el Poder Judicial declaró infundado su recurso de casación, que a su vez confirmó la sentencia de primera instancia que no aprobó su prescripción adquisitiva de dominio para adueñarse del predio.
Asimismo, el acuerdo de concejo tampoco afecta su pretendido “derecho de propiedad” al aprobarse la expropiación, pues lo aprobado no autoriza dicho paso (solo es declarativo), sino lo tiene que hacer el Congreso.
Además, se comprueba que sí existe motivación en la decisión del concejo provincial, porque sí se expresaron los fundamentos normativos y fácticos de la decisión acordada en diciembre 2024. Incluso, existe informe legal (N° 1875-2024-MPT/GAJ) y acta de concejo (N° 064-2024- MPT); que demuestra que no se ha autorizado la ejecución de la expropiación, sino que autoriza la presentación de dicha iniciativa legislativa ante el Congreso de la República para la aprobación respectiva.