Vacancia de regidora provincial sigue en espera

Nota de prensa
La MPT acumulará un exp. por el mismo motivo presentado ante el JNE.
MPT

5 de setiembre de 2025 - 3:02 p. m.

Atendiendo al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el Concejo de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) suspendió el proceso iniciado para vacar a una regidora, concluyendo la sesión extraordinaria convocada con tal motivo hasta acumular el expediente que corrió traslado este organismo (N.° 2025005426 ).

El ciudadano Roberto Calderón Arévalo, presentó en la comuna un documento solicitando la vacancia de la citada regidora por tres faltas injustificadas a sesiones de Concejo, pero también ingresó un documento similar al JNE, por lo que ambos deben ser acumulados para su debida atención.

Esto implica que, a fin de no viciar el proceso, después de acumular (incluir) el expediente del Jurado, la próxima semana se vuelva a convocar a sesión extraordinaria para debatir el pedido de vacancia

El Jurado dio un plazo de 30 días hábiles para llevar el proceso de vacancia, pero los regidores, en la sesión virtual, pidieron que no se espere los plazos máximos y que esto se realice lo antes posible. “El Concejo no puede estar sesionando sin todos sus integrantes”, dijo otro regidor.

“No es posible que se espere a la sesión para que recién nos digan esto”, indicó por su parte otro concejal. Ante de darse por concluida la sesión, se adelantó que el lunes se volvería a convocar a una nueva sesión extraordinaria para abordar la vacancia.

El expediente N.°JNE.2025005426, fue presentado el 26 de junio del presente año por Roberto Calderón Arévalo, peticionando el traslado de su solicitud de vacancia en contra de Susy Plasencia Alva, regidora de la MPT, por la causal prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N.° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.

Esto a fin de que el Concejo Municipal, en sesión extraordinaria, se pronuncie al respecto, al configurarse los fundamentos presentados.

EL PROCESO DE VACANCIA
Cualquier vecino puede solicitar la vacancia de un regidor ante el Concejo Municipal o ante el JNE. Su pedido debe estar fundamentado y debidamente sustentado, con la prueba que corresponda, según la causal. El Concejo se pronuncia en sesión extraordinaria en un plazo no mayor de 30 días hábiles después de presentada la solicitud y luego de notificarse al afectado para que ejerza su derecho de defensa.

Si la solicitud es presentada ante el JNE -como ocurrió en este caso-, se correrá traslado al Concejo Municipal, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones.

La vacancia es declarada en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para ejercer su derecho a defensa. Esto es susceptible de reconsideración, a solicitud de parte, dentro de 15 días hábiles. La reconsideración también puede ser apelada, lo que se interpone ante el Concejo, el cual elevará los actuados en el término de tres días hábiles al JNE, que resolverá en un plazo máximo de 30 días hábiles.

En caso de que no se interponga algún recurso, se remitirá las actas de la sesión con su respectivo acuerdo de Concejo resolviendo el pedido de vacancia, así como la constancia o acuerdo que declara consentido lo decidido sobre la vacancia, para que se proceda al archivo del expediente.