Aprueban reglamento para audiencias de rendición de cuentas de Alto Trujillo
Nota de prensaLas municipalidades están en la obligación de desarrollar, como mínimo, dos audiencias públicas de rendición de cuentas en los meses de mayo y septiembre de cada año.

4 de junio de 2025 - 7:18 p. m.
El Concejo de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) aprobó en sesión extraordinaria, por mayoría, el proyecto de ordenanza que aprueba el Reglamento que regula la realización de audiencias públicas de rendición de cuentas de la Municipalidad Distrital de Alto Trujillo.
La sesión fue conducida por el alcalde provincial Mario Reyna Rodríguez, quien destacó que estas audiencias son una obligación establecida en la Ley Orgánica de Municipalidades y se realizan para promover la transparencia y el control social de la gestión pública, permitiendo a los ciudadanos ejercer su derecho a la información y a la participación en la toma de decisiones
El jefe de la oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad de Alto Trujillo, Clever Morales Castillo, expuso sobre el tema señalando que estas audiencias están reguladas por un instrumento técnico de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Al sustentar el reglamento ante los regidores y de cómo estaba constituido, sus objetivos, disposiciones, principios y ámbito de aplicación, precisó que como la MPT estaba a cargo del acompañamiento y supervisión del funcionamiento de la Municipalidad de Alto Trujillo, el Concejo Provincial debía aprobarlo.
Según explicó, la Municipalidad de Alto Trujillo, convocará a audiencia pública de rendición de cuentas, mediante la colocación de avisos publicitarios en lugares estratégicos del distrito y en medios de comunicación digital con los que cuente (página web, Facebook, Twitter, Instagram, uso de banners, entre otros).
Las municipalidades están en la obligación de desarrollar, como mínimo, dos audiencias públicas de rendición de cuentas en los meses de mayo y septiembre de cada año. La convocatoria se hará con un plazo no menor a 30 días calendarios previos al desarrollo de la audiencia y será aprobada mediante Decreto de Alcaldía.
Las audiencias públicas son el mecanismo para informar a la población respecto a la ejecución de actividades y proyectos programados durante un determinado período fiscal, en lo referente a sus avances, logros alcanzados, limitaciones, dificultades y perspectivas de la gestión municipal bajo los principios de transparencia, participación, neutralidad y respeto.
En estos espacios se informa sobre logros, dificultades y planes de trabajo; y la ciudadanía puede expresar sus opiniones y exigir explicaciones. La falta de rendición de cuentas puede facilitar la corrupción y la mala gestión de los recursos públicos.