Decreto de Alcaldía N.° 01-2000-MPT

4 de enero de 2000

Disponer que la fecha de cesantía efectiva en el servicio, de tos trabajadores empleados y obreros de ésta Municipalidad por la causal de límite de edad, al cumplir setenta años de edad o setenta años y seis meses de edad, debe coincidir con la fecha de la resolución que autorice la cesantía y el pago de su compensación por tiempo de servicios.

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