Decreto de Alcaldía N.° 15-2003-MPT

17 de junio de 2003

Los tributos materia de exoneración a que se refiere el Art. 1º de la Ordenanza Nº 09-2001- MPT, comprende únicamente el pago de tasas por servicios públicos correspondiente a los arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y relleno sanitario; derechos administrativos y, licencias municipales

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