Ordenanza Municipal N.° 01-1990-MPT
19 de febrero de 1990
Modificar el Articulo Primero d la Ordenanza Municipal Nº 004 – 82 – CPT, de fecha 30 de Junio de 1982, en el sentido de que, solamente están obligados a obtener el respectivo carnet de salud, las personas a que se refiere el “Art. 66. el personal dedicado a la producción, preparación,manipulación y