Ordenanza Municipal N.° 16-1997-MPT

28 de agosto de 1997

Declárese que el artículo 26º BIS del Decreto Ley Nº modificado por el Decreto Legislativo 807 no es de aplicación respecto de los actos y disposiciones de la administración pública del ámbito municipal, dentro de la Provincia de Trujillo, sobre la que ejerce jurisdicción exclusiva la Municipalidad

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