Ordenanza Municipal N.° 16-1997-MPT
28 de agosto de 1997
Declárese que el artículo 26º BIS del Decreto Ley Nº modificado por el Decreto Legislativo 807 no es de aplicación respecto de los actos y disposiciones de la administración pública del ámbito municipal, dentro de la Provincia de Trujillo, sobre la que ejerce jurisdicción exclusiva la Municipalidad