Ordenanza Municipal N.° 22-1997-MPT

10 de diciembre de 1997

Exonerar del pago de Tasas y/o Derechos a los Comerciantes Ambulantes formalmente Organizados, que adquieran terrenos con fines de reubicación, para la respectiva Habilitación Urbana y/o construcción de Mercados y Centros Comerciales, según sea el caso; por los siguientes conceptos:

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